Gerencias Nacionales, Gerencias Regionales, Gerencias Zonales y Oficinas. El Presidente del Banco, para el desarrollo del objeto social y teniendo en cuenta las necesidades del servicio y la viabilidad presupuestal, podrá crear y/o eliminar gerencias nacionales, gerencias regionales, gerencias zonales y oficinas, previa autorización de la Junta Directiva.
Decreto 122 de 2022 →Vigente
Artículo 19
Gerencias Nacionales, Gerencias Regionales, Gerencias Zonales Y Oficinas
Decreto 122 de 2022 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.