Micelio

Artículo 2.3.1.9.2

Elector Y Requisitos Para Ejercer El Derecho Al Voto En El Exterior

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elector y requisitos para ejercer el derecho al voto en el exterior. Se considera elector en el exterior, al ciudadano colombiano mayor de dieciocho (18) años que resida en el exterior, quien podrá ejercer el derecho al voto, si cumple con los siguientes requisitos

1.

Inscribirse previamente en el censo electoral, en el exterior.

2.

Presentar la cédula de ciudadanía al momento de ejercer el derecho al voto.

3.

Estar en pleno uso de sus derechos políticos, conforme a la legislación nacional, al momento de ejercer el derecho al voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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