º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se comuníquese y cúmplase.. Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los 29 de agosto de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO Ministro de Hacienda y Crédito Público José Antonio Ocampo Gaviria
Decreto 1566 de 1996 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 1566 de 1996 · por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1996.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.