Cobro . La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, asumirá a partir de la fecha de vigencia del presente decreto, los procesos de cobro persuasivo y coactivo, incluyendo los procesos que se encuentran en curso provenientes del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de las sanciones impuestas por el incumplimiento a las obligaciones establecidas para los Sistemas Especiales de ImportaciónExportación, Zonas Francas, Zonas Económicas Especiales de Exportación y las Sociedades de Comercialización Internacional.
Decreto 4271 de 2005 →Vigente
Artículo 10
Decreto 4271 de 2005 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.