° El cargo cuyo nivel se modifica queda asignado al Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, y el funcionario que actualmente lo desempeña quedará automáticamente incorporado en él y no requiere nueva posesión.
Decreto 1050 de 1967 →Vigente
Artículo 2
El Cargo Cuyo Nivel Se Modifica Queda Asignado Al Despacho Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Y El Funcionario Que Actualmente Lo Desempeña Quedará Automáticamente Incorporado En Él Y No Requiere Nueva Posesión
Decreto 1050 de 1967 · Por el cual se modifica el nivel de un cargo de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.