Micelio

Artículo 3

El Producto Del Impuesto Consular Grava Las Encomiendas Postales Del Exterior Y El De Los Derechos De Importación Recaudados Por Las Oficinas De Correos Y Agencias Postales, Serán Remesados A La Tesorería General De La República, En La Forma Y Términos Que Determine El Ministerio Del Tesoro Para Cada Oficina Que Maneje Encomiendas O Paquetes Postales Despachados De Otros Países

Decreto 150 de 1915 · Por el cual se reglamenta la recaudación de los derechos de importación sobre las mercancías introducidas por encomiendas postales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El producto del impuesto consular grava las encomiendas postales del exterior y el de los derechos de importación recaudados por las Oficinas de Correos y Agencias Postales, serán remesados a la Tesorería General de la República, en la forma y términos que determine el Ministerio del Tesoro para cada oficina que maneje encomiendas o paquetes postales despachados de otros países.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 150 de 1915