Micelio

Artículo 9

De Las Escalas Salariales

Decreto 382 de 2007 · por el cual se establece la nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De las escalas salariales . Establécese las siguientes escalas de asignación básica para los diferentes niveles de empleos del Icetex. Grado Salarial Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial 01 4.757.007 2.100.000 1.773.891 1.276.805 820.000 02 5.607.057 3.423.982 2.090.875 1.504.963 919.014 03 6.609.000 4.035.828 2.245.981 1.083.237 04 7.790.000 2.904.894

Parágrafo 1

Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos; la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

Parágrafo 2

Las asignaciones básicas fijadas en las escalas salariales, corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo. Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remunerarán en forma proporcional al tiempo laborado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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