Artículo único. Establéese para el Presupuesto de Rentas y Gastos de la presente vigencia económica, la cuenta denominada "Salinas marítimas," y créase al efecto el Capítulo 12 del mismo Presupuesto.
Decreto 13 de 1886 →Vigente
Artículo 1
Decreto 13 de 1886 · Por el cual se establece un nuevo capítulo en el presupuesto de rentas y gastos para la presente vigencia económica de 1885 a 1886
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.