Micelio

Artículo 10

Corresponde A Los Coordinadores Delegados Responder De La Correcta Y Oportuna Realización Del Censo De Empleados En Su Respectivo Organismo

Decreto 751 de 1967 · por el cual se reglamenta el Censo de Empleados Nacionales en la Rama Ejecutiva, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a los Coordinadores Delegados responder de la correcta y oportuna realización del Censo de Empleados en su respectivo organismo. Para tal fin deben prestar toda su colaboración al Departamento Administrativo del Servicio Civil en el desarrollo de las diferentes etapas del Censo. Los funcionarios pertenecientes a las unidades de manejo de personal tienen la obligación de tomar parte activa en todas las labores censales en que se les llame a participar y deben facilitar los documentos e informes que se les soliciten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 751 de 1967