ARTICULO 38. Sin perjuicios de los dispuesto en los articulo 33 a 37, el Consejo de Seguridad podrá, si así lo solicitan todas las partes en una controversia, hacerlas recomendaciones a efecto de que se llegue a un arreglo pacífico. CAPITULO VII Acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión .
Decreto 861 de 1946 →Vigente
Artículo 38
Sin Perjuicios De Los Dispuesto En Los Articulo 33 A 37, El Consejo De Seguridad Podrá, Si Así Lo Solicitan Todas Las Partes En Una Controversia, Hacerlas Recomendaciones A Efecto De Que Se Llegue A Un Arreglo Pacífico
Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.