Queda autorizado el Gobierno para adquirir los vapores correos necesarios para un rápido servicio por cuenta de la Nacion entre la Costa Atlántica y el interior de la Republica, y para dictar todos los decretos tendientes a la mejor organizacion y administracion del ramo de Correos y Telégrafos debiendo dar cuenta al Congreso en sus proximos sesiones de las providencias que dicte en desarrollo de esta Ley.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.