Seguridad en el transporte marítimo . El responsable de la aplicación del presente reglamento que involucre en sus labores el transporte marítimo, así como los capitanes y las tripulaciones deberán dar cumplimiento a las normas de seguridad en la navegación, de gestión para la seguridad operacional de naves y la prevención de la contaminación establecidas en la normatividad nacional, en los Convenios Internacionales Marítimos adoptados por Colombia, y en general, las que para el efecto expida la Dirección General Marítima o quien haga sus veces, teniendo en cuenta la naturaleza de las operaciones.
Decreto 539 de 2022 →Vigente
Artículo 69
Seguridad En El Transporte Marítimo
Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.