Las compañías multinivel deberán ceñir su relación comercial con los vendedores independientes a un contrato que deberá constar por escrito y contener como mínimo:
Objeto del contrato.
Derechos y obligaciones de cada una de las partes.
Tipo de plan de compensación que regirá la relación entre las partes.
Requisitos de pago.
Forma y periodicidad de pago.
Datos generales de las partes.
Causales y formas de terminación.
Mecanismos de solución de controversias.
Dirección de la oficina u oficinas abiertas al público de la compañía multinivel.
No se aceptarán direcciones web o virtuales o apartados aéreos como únicas indicaciones de correspondencia o localización de la compañía multinivel.