Micelio

Artículo 2

Él Consejo Directivo De La C

Decreto 1434 de 1975 · Por el cual se reajustan las escalas de remuneración de los empleados de la Corporación Autónoma Regional del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Él Consejo Directivo de la C.V.C. elaborará la planta de personal y el Acuerdo respectivo deberá ser aprobado por decreto, el que llevará las firmas del Jefe del Departamento Administrativo de Planeación, del Ministro de Hacienda y Crédito Público y la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil. Igual procedimiento se requerirá para la aprobación del acuerdo de modificación, creación y supresión de cargos. El Consejo Directivo no podrá crear por estos conceptos obligaciones que excedan al monto global fijado para el respectivo servicio en el acuerdo de apropiación inicial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1434 de 1975