Micelio

Artículo 10

Decreto 2668 de 1988 · Por el cual se autoriza la celebración del matrimonio civil ante Notario público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Podrá contraerse matrimonio estando presente la mujer y el apoderado del varón, en la forma establecida en el Artículo 11 de la Ley 57 de 1887. En caso de inminente peligro de muerte de alguno o de ambos contrayentes se dará aplicación al artículo 136 del Código Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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