Artículo segundo. La Contraloría General de la República queda encargada de vigilar la aplicación estricta del presente Decreto.
Decreto 1031 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1031 de 1951 · Dineros que no pueden llevarse a la Cuenta de Fondos Comunes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.