° Para la demarcación superficiaria de los lotes y fajas a que se refieren los incisos 3° y 4° del artículo 3°, las empresas explotadoras presentarán al Gobierno los planos respectivos, con especificación de la superficie comprendida dentro del perímetro de cada lote o faja. Estos planos podrán ser verificados por los agentes que designe el Gobierno.
Decreto 640 de 1923 →Vigente
Artículo 1
Para La Demarcación Superficiaria De Los Lotes Y Fajas A Que Se Refieren Los Incisos 3° Y 4° Del Artículo 3°, Las Empresas Explotadoras Presentarán Al Gobierno Los Planos Respectivos, Con Especificación De La Superficie Comprendida Dentro Del Perímetro De Cada Lote O Faja
Decreto 640 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 19123
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.