Micelio

Artículo 14

Ley 69 de 1877 · Que crea la Escuela de Injeniería Civil i militar independiente de la Universidad nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase de las rentas nacionales la suma de veinte mil pesos para atender a los gastos de construccion del edificio de la Escuela, compra de material de enseñanza i adquisicion de maestros estranjeros. En el Presupuesto nacional se apropiará anualmente la suma necesaria para atender a los gastos del instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 69 de 1877