Micelio

Artículo 26

Decreto 625 de 1883 · En ejecución de la ley 12 del presente año, "que reorganiza el servicio diplomático y consular"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 26. Sobre los sumas con que se paguen los viáticos y sueldos correspondientes a empleados diplomáticos ó consulares, la República no abonará gastos de riesgos y de remisión y cambio de moneda, sino en el caso de que ellas sean realmente remitidas al lugar donde el interesado ejerza sus funciones diplomáticas ó consulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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