Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de treinta y un mil quinientos ochenta pesos ($ 31.580.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral: RENTAS OCASIONALES Numeral 108. Producto de la venta al Banco de la República, por su valor nominal, de 31.078.924 acciones que el Gobierno Nacional posee en la Empresa "Acerías Paz del Río, S. A.", operación autorizada por el Decreto legislativo 2792 de 1955 (completo del producto de venta de 31.082.082 acciones) $ 31.580.00 Total $ 31.580.00
Decreto 3212 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3212 de 1955 · Por el cual se abre un crédito adicional -suplemental- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional-)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.