Son Funciones De Los Jefes De Zonas Agropecuarias: A) Responder Ante El Jefe De La División Operativa Por El Cumplimiento De Sus Funciones; B) Dar Normas Para Adelantar Campañas De Conservación Y Utilización De Los Suelos, En Coordinación Con Las Demás Dependencias Del Ministerio Y Organismos Que Desarrollen Programas Similares; C) Prestar Asesoría Técnica A Otras Entidades Sobre La Conservación De Suelos Y Su Correcta Utilización; M) Adelantar Inventarios De La Riqueza Forestal, Y Estudios Sobre La Explotación De Bosques, Reforestación Y Fomento Forestal; N) Dar Normas Para El Correcto Aprovechamiento De Los Recursos Forestales En Bosques Públicos Y De Dominio Privado; Ñ) Planear Los Trabajos Forestales En El País, De Acuerdo Con Los Recursos, Disponibilidades Y Necesidades De Las Regiones Donde Deban Desarrollarse; O) Reglamentar De Acuerdo Con La Ley, La Concesión Y Explotación De Bosques En El País; P) Dar Normas Para La Vigilancia De Las Disposiciones Que Dicte El Ministerio Sobre Conservación Y Manejo De Los Bosques; Q) Reglamentar Las Campañas De Reforestación Y Conservación De Bosques, Y Vigilar Su Desarrollo; R) Adelantar Estudios Para Determinar Las Especies Existentes En El País; Rr) Determinar La Riqueza, La Capacidad De Producción Y Las Disponibilidades De Explotación Técnica De La Caza Y La Pesca En El País; S) Elaborar Proyectos Para Las Campañas Y Servicios Que Sobre Caza Y Pesca Deba Adelantar El Ministerio U Otros Organismos Públicos O Privados; T) Reglamentar La Explotación Técnica De Los Recursos De Caza Y Pesca En El País, Y Fijar Normas Sobre Su Vigilancia; U) Elaborar Programas Para La Conservación Y Multiplicación De Especies Susceptibles De Desaparecer En El País; V) Reglamentar La Explotación Industrial Y Comercial De La Pesca En Aguas Territoriales, Y Dar Normas Para La Concesión De Licencias Y Patentes; W) Reglamentar La Caza Y Pesca De Carácter Deportivo, Determinando Sitios, Épocas, Especies, Tamaños E Instrumentos Apropiados; X) Coordinar Sus Actividades Con Las Demás Dependencias Del Ministerio Y Organismos Que Adelanten Estudios O Desarrollen Programas Sobre Caza Y Pesca
Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son funciones de los Jefes de Zonas Agropecuarias
a)
Responder ante el Jefe de la División Operativa por el cumplimiento de sus funciones;
b)
Dar normas para adelantar campañas de conservación y utilización de los suelos, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio y organismos que desarrollen programas similares;
c)
Prestar asesoría técnica a otras entidades sobre la conservación de suelos y su correcta utilización; m) Adelantar inventarios de la riqueza forestal, y estudios sobre la explotación de bosques, reforestación y fomento forestal; n) Dar normas para el correcto aprovechamiento de los recursos forestales en bosques públicos y de dominio privado; ñ) Planear los trabajos forestales en el país, de acuerdo con los recursos, disponibilidades y necesidades de las regiones donde deban desarrollarse; o) Reglamentar de acuerdo con la ley, la concesión y explotación de bosques en el país; p) Dar normas para la vigilancia de las disposiciones que dicte el Ministerio sobre conservación y manejo de los bosques; q) Reglamentar las campañas de reforestación y conservación de bosques, y vigilar su desarrollo; r) Adelantar estudios para determinar las especies existentes en el país; rr) Determinar la riqueza, la capacidad de producción y las disponibilidades de explotación técnica de la caza y la pesca en el país; s) Elaborar proyectos para las campañas y servicios que sobre caza y pesca deba adelantar el Ministerio u otros organismos públicos o privados; t) Reglamentar la explotación técnica de los recursos de caza y pesca en el país, y fijar normas sobre su vigilancia; u) Elaborar programas para la conservación y multiplicación de especies susceptibles de desaparecer en el país; v) Reglamentar la explotación industrial y comercial de la pesca en aguas territoriales, y dar normas para la concesión de licencias y patentes; w) Reglamentar la caza y pesca de carácter deportivo, determinando sitios, épocas, especies, tamaños e instrumentos apropiados; x) Coordinar sus actividades con las demás dependencias del Ministerio y organismos que adelanten estudios o desarrollen programas sobre caza y pesca.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.