Micelio

Artículo 48

Son Funciones De La Sección De Ejecución Y Control Del Presupuesto: A) Elaborar El Anteproyecto De Presupuesto Anual De Gastos Generales Del Ministerio; B) Elaborar Los Proyectos De Traslados Presupuestales; C) Elaborar Proyectos De Acuerdos Mensuales De Gastos; D) Ejecutar El Presupuesto Asignado, De Acuerdo Con Las Necesidades; E) Llevar Relación De Los Gastos E Inversiones Que Se Hagan Durante La Vigencia Fiscal; F) Fomentar Y Mantener Al Día El Inventario De Bienes Del Ministerio; G) Llevar La Contabilidad General Del Ministerio, Examinar Las Cuentas Y Pasarlas A La Contraloría General De La República Para Su Fenecimiento, Y Controlar Los Fondos Y Cajas; H) Elaborar E Implantar Un Sistema De Costos; I) Calcular El Costo De Cada Una De Las Actividades Directas O De Los Programas Relacionados Con El Ministerio, Para Utilizarlo En La Preparación Del Presupuesto; J) Llevar La Contabilidad De Costos Internos Del Ministerio Y La Contabilidad De Costos De Las Actividades Y Programas Correspondientes; K) Colaborar Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación En Los Análisis De Los Costos De Actividades Y Programas;

Decreto 1652 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Fomento, y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Ejecución y Control del Presupuesto

a)

Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de gastos generales del Ministerio;

b)

Elaborar los proyectos de traslados presupuestales;

c)

Elaborar proyectos de acuerdos mensuales de gastos;

d)

Ejecutar el presupuesto asignado, de acuerdo con las necesidades;

e)

Llevar relación de los gastos e inversiones que se hagan durante la vigencia fiscal;

f)

Fomentar y mantener al día el inventario de bienes del Ministerio;

g)

Llevar la contabilidad general del Ministerio, examinar las cuentas y pasarlas a la Contraloría General de la República para su fenecimiento, y controlar los fondos y cajas;

h)

Elaborar e implantar un sistema de costos;

i)

Calcular el costo de cada una de las actividades directas o de los programas relacionados con el Ministerio, para utilizarlo en la preparación del presupuesto;

j)

Llevar la contabilidad de costos internos del Ministerio y la contabilidad de costos de las actividades y programas correspondientes;

k)

Colaborar con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación en los análisis de los costos de actividades y programas;

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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