Articulo 15 . De la contratación de segmento espacial . Las personas autorizadas para prestar servicios o para realizar actividades de telecomunicaciones podrán contratar directamente el uso de segmento espacial con cualesquiera de los proveedores de segmento espacial autorizados. Los convenios que celebre el proveedor de segmento espacial en Colombia, deberán contener cláusulas en las cuales se estipule que su utilización está sujeta al pleno cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en los actos administrativos por los cuales el Ministerio otorgó las autorizaciones para realizar actividades o la concesión para prestar servicios de telecomunicaciones en el país o en conexión con el exterior. De igual manera deben incluir el compromiso de las entidades que vayan a utilizar el segmento espacial de cumplir con las normas regulatorias nacionales e internacionales que sean pertinentes, so pena de la cancelación inmediata por parte del proveedor del acceso al segmento espacial convenido.
Decreto 1137 de 1996 →Vigente
Artículo 15
Decreto 1137 de 1996 · por el cual se reglamenta la administración, asignación y gestión del espectro electromagnético atribuido a la radiocomunicación espacial, para ser utilizado por las redes satelitales, incluido el segmento espacial y el segmento terreno.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.