Integración del Comité Técnico de los componentes de medidas integrales de prevención, seguridad y protección, y del protocolo de protección para territorios rurales. El Comité Técnico estará integrado por las siguientes entidades, instituciones o dependencias:
El Ministro del Interior, o su delegado, quien lo preside.
El Ministro de Defensa Nacional, o su delegado.
El Director General de la Policía Nacional, o su delegado.
El Comandante General de las Fuerzas Militares, o su delegado.
El Consejero Presidencial para los Derechos Humanos, o su delegado.
El Consejero Presidencial de Seguridad, o su delegado.
El Alto Consejero Presidencial para el Posconflicto, o su delegado.
El Director de la Unidad Nacional de Protección, o su delegado.
El Director de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, o su delegado.
Dos (2) delegados de la población objeto de este Programa.
Un (1) delegado del Consejo Nacional de Paz y Reconciliación, elegido por el Comité dentro de los actores sociales allí representados.
Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité Técnico podrá convocar en calidad de invitados a representantes o delegados de otras dependencias, entidades o instituciones del orden internacionales, nacionales, territoriales u organizaciones no gubernamentales que estime pertinente.
Serán invitados permanentes, con voz y sin derecho a voto, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General de la Nación.
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