Micelio

Artículo 3

O

Decreto 257 de 1993 · por el cual se conforma el Consejo Nacional para la Descentralización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3o. Funciones. Son funciones del Consejo Nacional para la Descentralización

1.

Servir de órgano de coordinación entre el Gobierno Nacional y las entidades territoriales, de las políticas y programas en materia de descentralización.

2.

Analizar y coordinar el contenido y los alcances de los proyectos de ley y demás disposiciones que busquen desarrollar la Constitución Política en lo relacionado con el régimen político, fiscal y administrativo de las entidades territoriales.

3.

Hacer el seguimiento de las políticas, programas y proyectos en materia de descentralización y ordenamiento de las entidades territoriales, y proponer las reformas que considere conveniente para el efectivo cumplimiento de los mandatos constitucionales sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 257 de 1993