Micelio

Artículo 8

La Dirección General De Aduanas Expedirá Los Reglamentos Correspondientes Para La Nacionalización O Reexpedición De Las Mercaderías, En Cuya Elaboración Tendrá En Cuenta La Naturaleza Internacional Del Evento Ferial, Estableciendo Procedimientos Especiales Para Que Las Operaciones Aduaneras De La Feria Se Tramiten Con La Debida Prelación

Decreto 1823 de 1969 · Por el cual se crea una Zona Franca aduanera transitoria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Dirección General de Aduanas expedirá los reglamentos correspondientes para la nacionalización o reexpedición de las mercaderías, en cuya elaboración tendrá en cuenta la naturaleza internacional del evento ferial, estableciendo procedimientos especiales para que las operaciones aduaneras de la Feria se tramiten con la debida prelación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1823 de 1969