Micelio

Artículo 12

Las Empresas Cuyo Asiento Principal De Negocios Esté En El País Extranjero Y Quieran Celebrar Con La Empresa Colombiana De Petróleos Contratos De Asociación, Operación, De Servicios O De Cualquiera Otra Clase Relativos A La Exploración Y Explotación De Hidrocarburos, Deberán Cumplir Los Requisitos Exigidos En Los Artículos 10 Del Código De Petróleos Y 3º De La Ley 10 De 1961

Decreto 743 de 1975 · Por el cual se reglamenta parcialmente el decreto legislativo 2310 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las empresas cuyo asiento principal de negocios esté en el país extranjero y quieran celebrar con la Empresa Colombiana de Petróleos contratos de asociación, operación, de servicios o de cualquiera otra clase relativos a la exploración y explotación de hidrocarburos, deberán cumplir los requisitos exigidos en los artículos 10 del Código de Petróleos y 3º de la Ley 10 de 1961.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 743 de 1975