Micelio

Artículo 28

El Gobierno Señalará Un Programa En Virtud Del Cual Deberá Procederse A Democratizar La Propiedad Accionarias De Las Instituciones Financieras

Decreto 2920 de 1982 · Por el cual se dictan normas para asegurar la confianza del público en el sector financiero colombiano

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno señalará un programa en virtud del cual deberá procederse a democratizar la propiedad accionarias de las instituciones financieras. Para tal efecto determinará los porcentajes máximos de su capital, que puede poseer una misma persona natural o jurídica y las subordinadas de ésta; y los plazos dentro de los cuales se llevará a cabo el programa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2920 de 1982