Micelio

Artículo 20

La Junta Directiva Se Reunirá Por Lo Menos Con Cuatro (4) De Sus Miembros, Y Las Decisiones Serán Adoptadas Con El Voto Favorable De Tres (3) De Ellos

Decreto 121 de 1977 · Por el cual se aprueba el acuerdo número 3 de la compañía de informaciones audiovisuales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva se reunirá por lo menos con cuatro (4) de sus miembros, y las decisiones serán adoptadas con el voto favorable de tres (3) de ellos. A las sesiones de la Junta podrán asistir los suplentes pero solamente tendrán voz y voto los miembros principales, o los suplantes en ausencia de los titulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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