°. Fíjense los siguientes cargos en la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado: DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (uno) Director General 15 23 2 (dos) Asesor 1020 10 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 24 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15 PLANTA GLOBAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 2 (dos) Jefe de Oficina 137 14 1 (uno) Jefe de División 2040 25 2 (dos) Jefe de División 2040 24 10 (diez) Médico Especialista 3120 24 2 (dos) Profesional especializado 3010 18 2 (dos) Profesional especializado 3010 17 2 (dos) Profesional especializado 3010 16 4 (cuatro) Profesional especializado 3010 15 2 (dos) Profesional universitario 3020 14 2 (dos) Profesional universitario 3020 12 2 (dos) Profesional universitario 3020 10 3 (tres) Profesional universitario 3020 9 1 (uno) Técnico administrativo 4065 17 2 (dos) Técnico administrativo 4065 16 1 (uno) Técnico administrativo 4065 15 1 (uno) Técnico operativo 4080 12 2 (dos) Asistente administrativo 4140 15 1 (uno) Asistente administrativo 4140 11 2 (dos) Secretario ejecutivo 5040 22 5 (cinco) Secretario ejecutivo 5040 20 1 (uno) Auxiliar administrativo 5120 23 6 (seis) Auxiliar administrativo 5120 18 3 (tres) Auxiliar administrativo 5120 15 1 (uno) Auxiliar administrativo 5120 12 1 (uno) Operario calificado 5300 11 7 (siete) Enfermero auxiliar 5345 15
Decreto 2502 de 1999 →Vigente
Artículo 2
Fíjense Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal Del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social Del Estado: Despacho De La Direccion General No
Decreto 2502 de 1999 · por el cual se establece la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.