Micelio

Artículo 2

Fíjense Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal Del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social Del Estado: Despacho De La Direccion General No

Decreto 2502 de 1999 · por el cual se establece la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Fíjense los siguientes cargos en la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado: DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (uno) Director General 15 23 2 (dos) Asesor 1020 10 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 24 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15 PLANTA GLOBAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 2 (dos) Jefe de Oficina 137 14 1 (uno) Jefe de División 2040 25 2 (dos) Jefe de División 2040 24 10 (diez) Médico Especialista 3120 24 2 (dos) Profesional especializado 3010 18 2 (dos) Profesional especializado 3010 17 2 (dos) Profesional especializado 3010 16 4 (cuatro) Profesional especializado 3010 15 2 (dos) Profesional universitario 3020 14 2 (dos) Profesional universitario 3020 12 2 (dos) Profesional universitario 3020 10 3 (tres) Profesional universitario 3020 9 1 (uno) Técnico administrativo 4065 17 2 (dos) Técnico administrativo 4065 16 1 (uno) Técnico administrativo 4065 15 1 (uno) Técnico operativo 4080 12 2 (dos) Asistente administrativo 4140 15 1 (uno) Asistente administrativo 4140 11 2 (dos) Secretario ejecutivo 5040 22 5 (cinco) Secretario ejecutivo 5040 20 1 (uno) Auxiliar administrativo 5120 23 6 (seis) Auxiliar administrativo 5120 18 3 (tres) Auxiliar administrativo 5120 15 1 (uno) Auxiliar administrativo 5120 12 1 (uno) Operario calificado 5300 11 7 (siete) Enfermero auxiliar 5345 15

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2502 de 1999