La suma apropiada en el Presupuesto vigente y las que se apropien en los Presupuestos de vigencias posteriores para construcción de casas para obreros en el "Barrio Obrero" de Girardot, se entregarán al Tesorero del Municipio dentro de las mismas condiciones impuestas por el artículo 3° de este Decreto.
Decreto 1045 de 1946 →Vigente
Artículo 12
La Suma Apropiada En El Presupuesto Vigente Y Las Que Se Apropien En Los Presupuestos De Vigencias Posteriores Para Construcción De Casas Para Obreros En El "barrio Obrero" De Girardot, Se Entregarán Al Tesorero Del Municipio Dentro De Las Mismas Condiciones Impuestas Por El Artículo 3° De Este Decreto
Decreto 1045 de 1946 · por el cual se reglamenta, en parte, la Ley 238 de 1938, en cuanto la Nación contribuye a la formación del "Barrio Obrero" en la ciudad de Girardot.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.