El patrimonio de la Universidad se considera integrado por dos categorías de bienes, así:
Por el aporte presupuestal ordinario que anualmente el Estado, los Departamentos y los Municipios le otorguen y por los aportes extraordinarios que las mismas entidades le conceden;
Por los bienes muebles e inmuebles que le pertenezcan, por las rentas que ella misma arbitre, por las adquisiciones que a cualquier título hiciere y por los auxilios, donaciones, herencias, legal, delegados y subvenciones que recibiere de cualesquiera personas públicas o privadas, colombinas o extranjeras.