Es una herramienta estratégica a través de la cual la Institución propenderá por armonizar dentro del marco jurídico establecido, las necesidades, objetivos e intereses institucionales con las expectativas profesionales del personal en servicio activo.
Este plan se diseñará y desarrollará por la Policía Nacional, estableciendo cargos estratégicos, planes de sucesión y rutas de carrera, teniendo en cuenta como mínimo grados, tiempos, cargos, tipos de• unidad, niveles de responsabilidad y profesionalización, así como, procesos de acuerdo a la misionalidad y necesidades institucionales.
El plan de carrera se implementará dentro de los dieciocho
(18) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, de forma gradual y progresiva.
El plan de carrera dispuesto en el presente artículo, se desarrollará sin perjuicio de las decisiones administrativas que conforme al régimen especial adopte la Policía Nacional.
MODIFICACIONES Y ADICIONES AL DECRETO LEY 1791 DE 2000
MODIFICACIONES Y ADICIONES