Micelio

Artículo 100

Plan De Carrera En La Policía Nacional

Ley 2179 de 2021 · Por la cual se crea la categoría de Patrulleros de Policía, se establecen normas relacionadas con el régimen especial de carrera del personal uniformado de la Policía Nacional, se fortalece la profesionalización para el servicio público de policía y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es una herramienta estratégica a través de la cual la Institución propenderá por armonizar dentro del marco jurídico establecido, las necesidades, objetivos e intereses institucionales con las expectativas profesionales del personal en servicio activo.

Este plan se diseñará y desarrollará por la Policía Nacional, estableciendo cargos estratégicos, planes de sucesión y rutas de carrera, teniendo en cuenta como mínimo grados, tiempos, cargos, tipos de• unidad, niveles de responsabilidad y profesionalización, así como, procesos de acuerdo a la misionalidad y necesidades institucionales.

Parágrafo 1

El plan de carrera se implementará dentro de los dieciocho

(18) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley, de forma gradual y progresiva.

Parágrafo 2

El plan de carrera dispuesto en el presente artículo, se desarrollará sin perjuicio de las decisiones administrativas que conforme al régimen especial adopte la Policía Nacional.

MODIFICACIONES Y ADICIONES AL DECRETO LEY 1791 DE 2000

MODIFICACIONES Y ADICIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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