º Modificar parcialmente el artículo 3º del acuerdo número 090 de 1980, por el cual se crean unos empleos en Boyacá para la Clínica de Belencito en la localidad de Nobsa, en los siguientes términos
Suprimir los empleos que se indican a continuación Areas y unidades funcionales ---Nº de Cargos---Denominación. Dedicación Clase Grado Atención Especializada. 1 Médico Especialista (Psiquiatría) Completa II 36 12 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Enfermería) Completa I 12 Servicios de Apoyo. Radioagnóstico: 1 Médico Especialista (Radiología) Parcial (4 hs) II 36 Farmacia y Despacho de Medicamento: 2 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Despachador) Completa I 12 Técnicas Complementarias: 1 Psicólogo Completa I 27
Crear los siguientes empleos: Areas y unidades funcionales---Nº de Cargos---Denominación. Dedicación Clase Grado Atención Especializada. 1 Médico Especialista (Psiquiatría) Completa III 33 12 Ayudante de Servicios Asistenciales (Enfermería) Completa I 9 Servicios de Apoyo Farmacia y Despacho de Medicamentos: 2 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Farmacia) Completa I 12 Técnicos Complementarios: 1 Médico Especialista (Fisiatría ) Parcial (4 hs) III 38 1 Psicólogo (Clínico) Completa I 27 Adicionar el artículo 3º del acuerdo número 090 de 1980 con el siguiente
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Los(as) Enfermeros (as) de las siguientes unidades prestarán atención a los pacientes hospitalizados, por fuera de los turnos ordinarios de acuerdo con la programación que para el efecto determine el Director de la Clínica".