Micelio

Artículo 4

º La Estructura Orgánica De La Dirección General De Medicina Legal Será La Siguiente: 1

Decreto 55 de 1987 · por el cual se reestructura la Divisón de Medicina Legal del Ministerio de Justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La estructura orgánica de la Dirección General de Medicina Legal será la siguiente

1.

Dirección General de Medicina Legal.

2.

Oficina de Investigación y Coordinación Científica.

3.

División Médica. 3.1. Sección de Reconocimientos Forenses. 3.2 Sección de Neuropsiquiatría. 3.3 Sección de Patología Forense. 3.4 Sección de Laboratorios Forenses. 3.5 Sección de Estadística e Informática Forense.

4.

División Criminalística. 4.1. Sección de Balística Forense. 4.2 Sección de Grafología y Documentoscopia Forense. 4.3 Sección de Físico-Química Forense. 4.4 Sección de Identificación, Topografía y Fotografía Forense.

5.

División de Servicios Administrativos.

6.

Direcciones Regionales. 6.1 Oficinas Seccionales.

7.

Comité de Coordinación Interna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 55 de 1987