Micelio

Artículo 4

La Misión Estará Integrada Por El Doctor Enrique Luque Carulla, Como Coordinador General Y Como Consultores Los Doctores Gabriel Cadena Gómez, Manuel José Carvajal De Roux, Carlos Felipe Londoño Alvarez, Alvaro Reyes Posada, Víctor Manuel Gómez Campo Y Jaime Ramírez Guerrero

Decreto 641 de 1998 · por el cual se crea la misión de Educación Técnica, Tecnológica y Formación Profesional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Misión estará integrada por el doctor Enrique Luque Carulla, como Coordinador General y como consultores los doctores Gabriel Cadena Gómez, Manuel José Carvajal De Roux, Carlos Felipe Londoño Alvarez, Alvaro Reyes Posada, Víctor Manuel Gómez Campo y Jaime Ramírez Guerrero. En cumplimiento de sus objetivos la Misión recomendará al Ministerio de Educación Nacional o al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, solicitar a las instituciones oficiales y privadas la realización de estudios especiales y la designación en comisión de funcionarios de planta para que contribuyan en sus trabajos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 641 de 1998