Micelio

Artículo 13

Decreto 1000 de 1955 · Por el cual se dictan normas especiales de procedimiento para los juicios que instaure el Instituto de Crédito Territorial

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo trece. El anuncio del remate se hará al publico por medio de carteles en los cuales se indiquen los bienes por su situación, linderos y demás circunstancias que los individualicen con precisión; el avalúo del inmueble, la base del remate y la fecha y hora en que comenzará la licitación. Uno de tales carteles se fijará en la Secretaría del Juzgado, y otros en tres parajes, por lo menos, de los mas concurridos de la localidad. Si en el lugar del remate existen periódicos, el aviso se publicará en uno o varios de ellos, además de los carteles. El Secretario hará constar en el expediente los sitios en que se hubieren fijado los carteles, y agregará un ejemplar del periódico en que se publico el anuncio. La fecha del remate deberá ser posterior en veinte (20) días por lo menos a la fecha de fijación de los carteles. En este termino se incluyen los días de vacancia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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