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Artículo 2

Créase La Administración De Impuestos Nacionales De Valledupar En El Departamento Del Cesar, La Cual Funcionará Con La Siguiente Planta De Personal: Division De Impuestos Nacionales Administración De Impuestos Nacionales De Valledupar

Decreto 199 de 1968 · Por el cual se establece la planta de personal de la Administración de Impuestos Nacionales de Valledupar, en el Departamento del Cesar

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El texto del artículo

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º Créase la Administración de Impuestos Nacionales de Valledupar en el Departamento del Cesar, la cual funcionará con la siguiente planta de personal: DIVISION DE IMPUESTOS NACIONALES Administración de Impuestos Nacionales de Valledupar. Despacho del Administrador. Cargo Clase Grado Nivel 1 Administrador de Impuestos Nacionales IX 22 A 1 Abogado IX 20 A 1 Visitador de Hacienda Nacional IX 14 B 1 Mecanógrafa VII 9 A 1 Mensajero V 6 C 1 Aseadora V 5 D Sección de Liquidación, de Impuestos sobre la Renta, Indirectos, Ventas, Sucesiones y Donaciones. 1 Jefe de Sección VI 17 A 2 Técnicos en Liquidación VI 16 A 1 Mecanógrafa VII 9 A Sección de Cuentas Corrientes y Caja 1 Cajero XII 14 A 1 Expendedora de Especies Venales VIII 9 A 3 Oficinistas VII 9 A Sección de Contabilidad. 1 Contador VIII 14 B 2 Auxiliares de Contabilidad X 12 A 2 Oficinista X 12 A 1 Mecanógrafa VII 9 A Sección de Investigación Tributaria y Cobranzas. 1 Jefe de Sección III 14 B 1 Sustanciador VII 12 A 1 Oficinista VII 9 A

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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