(Transitorio). Sustitución de derechos y obligaciones. Para todos los efectos administrativos, contractuales, laborales, presupuestales y financieros, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil sustituye al Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y al Fondo Aeronáutico Nacional, con quienes no existe solución de continuidad para efecto de las obligaciones y derechos. Los contratos perfeccionados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y el Fondo Aeronáutico Nacional, se seguirán prestando a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, hasta el vencimiento de los respectivos contratos.
Decreto 2724 de 1993 →Vigente
Artículo 53
(Transitorio)
Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.