Micelio

Artículo 4

Ley 73 de 1924 · por la cual se ordena dar cumplimiento al artículo 7° de la Ley 43 de 1914 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo con la Junta Directiva del Ferrocarril del Pacifico, organizara una Comisión técnica para que estudie, levante los planos y haga los presupuestos de un nuevo trazado en el sector del sur del ferrocarril del Pacifico, entre Popayán y Pasto, siguiendo la dirección de las Cordilleras Central y Oriental, y aproximándose hasta donde fuera posible a las poblaciones del costado occidental de dichas Cordilleras.

Si el estudio de aquellos planos y del informe de la Comisión encargada de hacerlos resulta más conveniente la prolongación del ferrocarril del Pacifico por la nueva ruta, se adoptara esta en lugar del actual trazado por el valle del Patía.

Los gastos que ocasionen los trabajos decretados por el presente artículo, serán pagados con fondos del Ferrocarril del Pacifico, y la Comisión encargada de llevarlos a cabo, será considerada para todos sus efectos como parte integrante de la organización del mismo Ferrocarril.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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