Micelio

Artículo 7

Pueda Llevarse A Efecto, Es Indispensable Que De Los Asuntos Sobre Que Deba Recaer Se Haya Impuesto Préviamente El Secretario, Con Cuyo Objeto Todo Pliego Que Entre En La Oficina, Se Mantendrá En La Misma Forma En Que Sea Recibido

Decreto 18701231 de 1870 · Orgánico de la Secretaría de Guerra i Marina

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7.° Para que la distribucion prevenida en el artículo 3.° pueda llevarse a efecto, es indispensable que de los asuntos sobre que deba recaer se haya impuesto préviamente el Secretario, con cuyo objeto todo pliego que entre en la Oficina, se mantendrá en la misma forma en que sea recibido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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