Micelio

Artículo 38

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subgerencia Administrativa y Operativa. La Subgerencia Administrativa y Operativa tendrá las siguientes funciones

a)

Desarrollar las políticas y procedimientos establecidos por las Vicepresidencias Operativa y Administrativa y de Desarrollo Humano;

b)

Administrar y controlar los programas, procesos, operaciones y tareas relacionadas con la prestación de los servicios bancarios;

c)

Administrar un adecuado funcionamiento de las Sucursales y Agencias de la Regional;

d)

Autorizar a las Agencias el desembolso de los créditos, previa verificación del cumplimiento de las normas, políticas y documentación exigida;

e)

Administrar y procesar la información que se genera en las Sucursales y Agencias y asegurar un correcto funcionamiento de los equipos de cómputo de la Regional y Agencias;

f)

Asegurar que el proceso de selección para todos los candidatos se lleve a cabo según las políticas emitidas por la Vicepresidencia Administrativa y de Desarrollo Humano y se cuente con las aprobaciones del caso;

g)

Responder por la aplicación del control interno en el desarrollo de las actividades de la regional y sus Agencias, con el fin de lograr los objetivos fijados, con oportunidad, eficacia y eficiencia;

h)

Estudiar los estados financieros, presupuesto y demás información financiera, y ordenar la elaboración de estudios de carácter económico y financiero de la regional, solicitados por la Dirección General;

i)

Aprobar según los montos autorizados por la Entidad las compras de equipos, muebles y enseres y gastos que estén relacionados con la administración general de los inmuebles;

j)

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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