Para la liquidación de las primas y bonificaciones que la Administración Postal Nacional reconoce y paga a sus empleados, se tendrán siempre, en cuenta los gastos de representación.
Decreto 599 de 1977 →Vigente
Artículo 19
Para La Liquidación De Las Primas Y Bonificaciones Que La Administración Postal Nacional Reconoce Y Paga A Sus Empleados, Se Tendrán Siempre, En Cuenta Los Gastos De Representación
Decreto 599 de 1977 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se modifica el régimen de sus prestaciones sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.