Las Asambleas Departamentales y el Concejo del Distrito Capital de Bogotá, así como los Concejos de los Distritos Especiales podrán conceder un incentivo tributario sobre los impuestos nacionales cuyo producto se encuentra cedido a los departamentos, al Distrito Capital y a los otros distritos consistente en un descuento sobre la tarifa del impuesto, siempre y cuando los bienes gravados sean consumidos en la jurisdicción respectiva y la materia prima agrícola necesaria para su fabricación sea adquirida a pequeños y medianos productores de la misma, sin ninguna vinculación económica con el productor y que hagan parte del programa de agricultura por contrato. El Gobierno nacional definirá el mecanismo para certificar la vinculación a este programa.
Artículo 151
Las Asambleas Departamentales Y El Concejo Del Distrito Capital De Bogotá, Así Como Los Concejos De Los Distritos Especiales Podrán Conceder Un Incentivo Tributario Sobre Los Impuestos Nacionales Cuyo Producto Se Encuentra Cedido A Los Departamentos, Al Distrito Capital Y A Los Otros Distritos Consistente En Un Descuento Sobre La Tarifa Del Impuesto, Siempre Y Cuando Los Bienes Gravados Sean Consumidos En La Jurisdicción Respectiva Y La Materia Prima Agrícola Necesaria Para Su Fabricación Sea Adquirida A Pequeños Y Medianos Productores De La Misma, Sin Ninguna Vinculación Económica Con El Productor Y Que Hagan Parte Del Programa De Agricultura Por Contrato
Decreto 2411 de 2019 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.