Incorpórese al Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 1° de enero 2019 al 31 de diciembre de 2020, la suma de setecientos treinta y tres mil ciento cincuenta y ocho millones ciento setenta mil cuatrocientos catorce pesos moneda legal ($733.158.170.414), provenientes del desahorro de los saldos a 31 de diciembre de 2018 del Fondo de Ahorro y Estabilización del Sistema General de Regalías, para aquellos departamentos y municipios productores que no alcancen sus niveles de inversión en el presupuesto de los Fondos de Desarrollo Regional, de Compensación Regional y Asignaciones Directas del bienio 2017-2018, así:
PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2019-2020
CONCEPTO
VALOR
RECURSOS DEL DESAHORRO F A E
733.158.170.414
De conformidad con los ingresos definidos en el numeral anterior, incorpórese al Presupuesto de Gastos de las Entidades receptoras de regalías directas y compensaciones del Sistema General de Regalías para el bienio 1° de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020, la suma de setecientos treinta y tres mil ciento cincuenta y ocho millones ciento setenta mil cuatrocientos catorce pesos moneda legal ($733.158.170.414), según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS
Y COMPENSACIONES DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2019-2020
Capítulo
Sub-
Capítulo
Sección
CONCEPTO
VALOR
III
PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS Y COMPENSACIONES
733.158.170.414
DEPARTAMENTOS
733.158.170.414
ANTIOQUIA
50.463.598.668
BOGOTÁ, D.C.
23.717.812.201
BOLÍVAR
14.481.905.907
BOYACÁ
10.909.894.399
CALDAS
8.417.888.425
CAQUETÁ
1.707.364.482
CAUCA
11.417.045.030
CESAR
56.856.520.143
CÓRDOBA
17.202.279.565
CUNDINAMARCA
17.627.172.390
CHOCÓ
20.554.807.607
HUILA
37.368.102.598
LA GUAJIRA
128.233.308.578
MAGDALENA
26.161.061.839
META
111.927.508.722
NARIÑO
14.280.604.332
NORTE DE SANTANDER
13.385.984.254
QUINDÍO
6.070.313.651
RISARALDA
8.765.759.414
SANTANDER
17.946.753.074
SUCRE
19.015.694.574
TOLIMA
3.499.140.950
VALLE DEL CAUCA
18.048.069.425
ARAUCA
30.587.372.166
CASANARE
50.836.146.536
PUTUMAYO
12.903.862.497
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS
260.873.200
GUAINÍA
401.188.345
GUAVIARE
110.137.442
El monto a desahorrar del FAE de que trata el presente artículo para cada entidad territorial corresponde a la diferencia entre: a) la suma de su apropiación en el presente presupuesto por conceptos de asignaciones directas, los Fondos de Desarrollo y Compensación Regional; y b) la apropiación del presupuesto 2017-2018 de asignaciones directas, los Fondos de Desarrollo y Compensación Regional incluyendo los rendimientos financieros del artículo 8° del Decreto 2190 de 2016, los recursos del desahorro FAE del artículo 7° del Decreto 2190 de 2016 y del exceso de ahorro FAE del artículo 5° del Decreto 1103 de 2017.
El monto a desahorrar se distribuirá entre cada entidad territorial beneficiaria de asignaciones directas que presenten diferencias negativas del cálculo de que trata el inciso anterior.
Mediante documento Anexo número 7, que hace parte integral de la presente ley, se desagregan los recursos de las asignaciones directas por entidad beneficiaria a los que hace referencia el presente artículo.