Micelio

Artículo 16

Ley 128 de 1936 · Por la cual se adiciona y reforma la Ley 134 de 1931 y se modifica la 132 del mismo año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan subrogados los artículos 1º. 7º. 9º. 15, 37, 43 y 44, y el inciso 2º del artículo 20 de la Ley 134 de 1931 , y derogados los artículos 19 y 41 y numeral 15 del artículo 36 de la misma Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 128 de 1936