º . Funciones de la Junta Directiva. La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones
Estudiar y aprobar la política general del Instituto, de conformidad con las competencias y funciones asignadas a la entidad, acorde con los lineamientos que señale el Ministerio de Salud;
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura orgánica que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca;
Estudiar, evaluar y aprobar el Plan de la Entidad y el Proyecto Anual de Presupuesto y autorizar los ajustes presupuestales necesarios para la ejecución de los programas y proyectos de los mismos, de conformidad con las normas de planeación y presupuesto; velando porque los programas y proyectos reflejen los objetivos institucionales;
Integrar y someter a consideración del Presidente de la República, por intermedio del Ministro de Salud, la terna para designar al Director del Instituto, de conformidad con lo establecido en los artículos 192 y 195 de la Ley 100 de 1993;
Evaluar el funcionamiento general del Instituto, velando por la adecuada ejecución y desarrollo de su objeto;
Estudiar y aprobar los balances de cada ejercicio y examinar las respectivas cuentas de conformidad con las normas vigentes;
Conceder, de conformidad con las normas vigentes, licencias y comisiones al Director del Instituto;
Expedir su propio reglamento;
Servir de órgano consultivo del Director a solicitud de éste; k) Estudiar y aprobar, de conformidad con las normas legales vigentes, el reglamento interno de trabajo al cual deben someterse los servidores públicos que estén al servicio del Instituto; l) Aprobar el Plan Indicativo de Gestión de la Institución; m) Las demás que señale la ley, los estatutos y los reglamentos.