Micelio

Artículo 14

Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Planeación. Son funciones de la Oficina de Planeación

1.

Realizar estudios y proponer a la Dirección las políticas, programas y proyectos de desarrollo marítimo y portuario y coordinar su adopción y ejecución.

2.

Elaborar el plan anual de actividades y programas de la Dirección, verificar el avance en su ejecución, evaluar los resultados obtenidos y señalar los ajustes correspondientes.

3.

Asesorar a las dependencias de la Dirección en la elaboración de proyectos de factibilidad que les corresponda en el cumplimiento de sus funciones.

4.

Coordinar la adopción, ejecución y control de los pro yectos de factibilidad económica que elaboren las dependencias de la Dirección.

5.

Evaluar el avance en la ejecución y resultados de las actividades técnicas, de investigación y económico-financieras de la Dirección.

6.

Participar en la elaboración del presupuesto anual de gastos e inversiones de la Dirección, así como sobre las modificaciones y adiciones que se hagan.

7.

Dirigir, coordinar y controlar el análisis de los sistemas, su diseño y la programación de aplicaciones para los procesos computarizados de la Dirección General Marítima y Portuaria.

8.

Coordinar la recolección, procesamiento, análisis e interpretación de la información estadística que requiera la Dirección. Las demás que le señalen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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