Micelio

Artículo 1

Devolución Del Impuesto Objeto De Retención Practicada En Exceso Sobre Dividendos O Participaciones

Decreto 186 de 2013 · por el cual se reglamenta el procedimiento para la aplicación del artículo 10 del “Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio”, y su Protocolo, firmado en Bogotá, D. C., el 31 de marzo de 2005, y se reglamenta el procedimiento para la aplicación del artículo 10 del “Convenio entre la República de Chile y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio” y su Protocolo, firmado en Bogotá, D. C., el 19 de abril de 2007.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Devolución del impuesto objeto de retención practicada en exceso sobre dividendos o participaciones . En cumplimiento de los Convenios para evitar la doble imposición celebrados por Colombia con el Reino de España y la República de Chile, las retenciones en la fuente que los agentes de retención hayan efectuado sobre dividendos o participaciones a beneficiarios o residentes en dichos Estados, que de acuerdo con las disposiciones del Convenio resulten en exceso de las tarifas allí previstas, serán objeto de devolución por parte de la Administración Tributaria, una vez se acredite el cumplimiento de todos los requisitos y condiciones establecidos en los Convenios y el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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