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Artículo 14

Dirección De Recursos Y Herramientas Del Sistema Nacional Del Deporte

Decreto 1670 de 2019 · por el cual se adopta la estructura interna del Ministerio del Deporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte. Son funciones de la Dirección de Recursos y Herramientas del Sistema Nacional del Deporte, las siguientes

1.

Proponer, diseñar e implementar, bajo la orientación del Ministro y del Viceministro, las políticas, herramientas, normas, planes, programas y proyectos y criterios de evaluación, para la cofinanciación del diseño, construcción y mantenimiento de los proyectos de infraestructura recreativa y deportiva, considerando las condiciones y oportunidades regionales geográficas y poblaciones.

2.

Evaluar la factibilidad de los proyectos de infraestructura deportiva y recreativa que sean presentados al Ministerio para apoyo y fomento del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.

3.

Adoptar, en coordinación con las dependencias del Ministerio, los criterios técnicos, para el diseño, construcción y mantenimiento de los proyectos de infraestructura recreativa y deportiva, y su equipamiento y brindar la asistencia técnica a las entidades territoriales para el efecto.

4.

Asesorar a los organismos del Sistema Nacional del Deporte en la gestión de alianzas con participación de capital público o privado o de asociación público-privada, para la cofinanciación de proyectos de diseño, construcción y mantenimiento de instalaciones recreativas, deportivas y su equipamiento.

5.

Orientar, priorizar y programar, bajo las directrices del Ministro y Viceministro, las inversiones y la cofinanciación de proyectos de diseño, construcción, mantenimiento y sostenibilidad de infraestructura deportiva y recreativa, y su equipamiento.

6.

Incorporar programas y proyectos de infraestructura deportiva y recreativa, en el proceso de elaboración del Plan Sectorial del Deporte, la Recreación y Educación Física, acorde a los planes municipales, distritales y departamentales, y en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, y controlar su debida ejecución.

7.

Evaluar, en coordinación con los organismos del Sistema Nacional del Deporte, los planes y programas de fomento de la infraestructura recreativa y deportiva, con el objeto de identificar fuentes de financiación pública, privada o alianzas, e identificar los procedimientos para su ejecución.

8.

Impartir lineamientos técnicos a las entidades territoriales para la reserva de espacios suficientes e infraestructuras mínimas de carácter deportivo y recreativo, que faciliten la formulación de programas y acciones destinados al desarrollo de la actividad física y deportiva de la población.

9.

Coordinar, con las dependencias del Ministerio y con los organismos del Sistema Nacional del Deporte, la actualización y consolidación del sistema de información referente a los proyectos e infraestructura deportiva y recreativa, que integre los indicadores de su gestión, seguimiento y evaluación.

10.

Coordinar, con los diferentes entes territoriales y organismos nacionales e internacionales, la construcción de los proyectos de infraestructura para eventos deportivos a realizarse en el marco del Sistema Nacional del Deporte.

11.

Dirigir, administrar, mantener y operar la infraestructura recreativa y deportiva a cargo del Ministerio del Deporte, formular las especificaciones técnicas, con ocasión de contratos o convenios.

12.

Adelantar el seguimiento, supervisión o la interventoría de los proyectos de infraestructura deportiva y recreativa a cargo del Ministerio.

13.

Dirigir y coordinar, acorde a las directrices del Ministro y Viceministro, las actividades y el mejoramiento continuo y actualización de las prácticas del Laboratorio Control al Dopaje y del Centro de Alto Rendimiento en Altura del Ministerio del Deporte.

14.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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